Anexo L
SISTEMA DE
SEÑALIZACION VIAL UNIFORME
SEÑALAMIENTO LUMINOSO
Artículo 22.- CONCEPTO:
Señales con luz propia, continua o intermitente, destinada al usuario de la vía pública, que tienen por finalidad transmitir órdenes o prohibiciones que modifican las reglas generales para el caso, advertir determinadas circunstancias, encauzar y regular la circulación, mediante la utilización de colores, flechas o figuras especificas con ubicación y formas predeterminadas. Estas señales están controladas por dispositivos manuales o automáticos de tecnología mecánica o electrónica.
- SEMÁFORO:
"Es el dispositivo de
control que asigna en forma alternativa el derecho de paso a cada movimiento o
grupo de movimientos de vehículos o peatones que confluyen sobre un determinado
punto de la vía, o advierten riesgos a la circulación"
- CONFORMACIÓN FÍSICA.
a) CABEZA: Armadura
que contiene las partes visibles del semáforo conteniendo cada cabeza una cara
orientada en una sola dirección. El color externo es amarillo. Las luces del
semáforo regulador de intersecciones vehículo-peatonales se ubican, en caso de
estar la cabeza vertical u horizontal, de la siguiente forma: abajo o a la
derecha la luz verde, al medio la amarilla y arriba o izquierda la roja.
b) SOPORTES:
Estructuras rígidas que se usan para sujetar la cabeza del semáforo y tienen
como función situar los elementos luminosos del mismo, en la posición donde el
conductor y el peatón tengan la mejor visibilidad y puedan observar las
indicaciones, debiendo encontrarse ubicados a un lado de la vía o sobre la
misma, respetando, en este último caso, una altura mínima de CINCO METROS CON
CINCO DECIMAS (5,5 m) respecto de la calzada. Debe estar pintada en color verde
pino. En caso de ser columnas deben estar pintadas con franjas amarillo y
verde. El pescante debe estar pintado en color amarillo.
c) CARAS: Conjunto de
unidades ópticas orientadas en la misma dirección, existiendo en cada una como
mínimo DOS (2), y hasta CINCO (5) unidades ópticas para regular los movimientos
de la circulación. El número mínimo de caras debe ser de DOS (2) para cada
punto de aproximación o acceso del tránsito vehicular a la intersección, en lo
posible separadas entre sí. Estas pueden ser complementadas con semáforos
peatonales donde estos sean requeridos, los cuales se ubicarán a cada lado del
paso peatonal, salvo el caso de prohibición expresamente señalizada para el
cruce de peatones.
d) UNIDADES OPTICAS:
Son las emisoras de luz en la dirección deseada, de forma circular con un
diámetro de DOS a TRES DECIMAS DE METRO (0,2 a 0,3 m), la roja puede ser mayor
a las otras. Excepto los semáforos especiales.
e) VISERAS: Elemento
que se coloca encima o alrededor de cada una de las unidades ópticas, para
evitar que, a determinadas horas, los rayos del sol incidan sobre éstas y den
la impresión de estar iluminadas, y para que la señal luminosa sea vista por
aquel a quien está dirigida. La cara externa debe ser de color amarilla, y el
lado interno de color negro mate.
f) UNIDAD DE CONTROL:
Mecanismo electromecánico o electrónico que sirve para programar y accionar los
cambios de luces en los semáforos. Dicho mecanismo debe poseer la capacidad de
interrumpir su ciclo normal de funcionamiento y sustituirlo por una señal
amarilla titilante cuando se produzca la falta de emisión de la luz roja en
cualquier movimiento, verdes cruzados, cuando se produzca una traba en el
sistema, o cuando baja el voltaje de alimentación a niveles inferiores de
CIENTO SETENTA Y CINCO VOLTIOS (175 volt). El ciclo de arranque deberá siempre
iniciarse con una etapa de amarillo titilante hacia todos los movimientos,
luego una de todo rojo e iniciando finalmente, el ciclo normal.
g) DETECTORES: Son los
dispositivos capaces de registrar y transmitir cualquier información referente
a determinadas características del tránsito de la vía.
SIGNIFICADO DE LAS
LUCES.
Ante las luces básicas del semáforo regulador de intersecciones vehículo-peatonales:
Ante las luces básicas del semáforo regulador de intersecciones vehículo-peatonales:
a) Los vehículos
deben:
1) Con la luz verde a
su frente, avanzar.
2) Con la luz roja,
detenerse antes de la línea marcada a tal efecto o de la senda peatonal,
evitando luego cualquier movimiento.
3) Con la luz
amarilla, detenerse si se estima que no se alcanzará a transponer la
encrucijada antes de la roja, o despejar el cruce de inmediato.
4) Con la luz amarilla
intermitente, circular con precaución, sujeto al Artículo 44 de la Ley de
Tránsito.
b) Los peatones podrán
cruzar lícitamente la calzada cuando:
1) A su frente tengan
semáforo peatonal que lo habilite: luz blanca.
2) Sólo exista
semáforo para vehículos y tenga luz verde para los que circulan en su misma
dirección.
3) E1 semáforo no esté
a su vista, entonces lo harán cuando el tránsito de la vía a cruzar esté
detenido. No deben cruzar con la luz roja o amarilla a su frente.
c) No rigen las normas
comunes sobre el paso de encrucijadas.
d) En el caso de vías
semaforizadas, la velocidad máxima permitida es la señalizada para la sucesión
coordinada de luces verdes sobre la misma vía.
e) Debe permitirse
finalizar el cruce iniciado por otro y no comenzar el propio, aún con luz
verde, si del otro lado de la encrucijada no hay espacio suficiente para sí.
f) En las de doble
mano está prohibido el giro a la izquierda, salvo señal que lo permita.
- UBICACION:
El semáforo se coloca en las proximidades de la intersección que regula con caras hacia todos los sentidos de circulación al que está destinado.
- ANGULO DE COLOCACION:
La cara del semáforo
debe colocarse en posición vertical y a NOVENTA GRADOS (90°) grados con
respecto al eje del acceso. En los de mensura debe darse una inclinación de
CINCO GRADOS (5°) hacia abajo.
- FLECHAS DIRECCIONALES.
a) Verde con flecha
vertical para seguir de frente (exclusivamente).
b) Flechas para giro a
izquierda o derecha: se debe girar en la dirección indicada.
- DISPOSICION UNIDADES OPTICAS.
a) EN FORMA VERTICAL
(de arriba hacia abajo): rojo circular, flecha roja izquierda, flecha roja
derecha, amarillo circular, verde circular, flecha amarilla al frente, flecha
amarilla izquierda, flecha verde izquierda, flecha amarilla derecha y flecha
verde derecha.
b) EN FORMA HORIZONTAL
(de izquierda a derecha): rojo circular, flecha roja izquierda, flecha roja
derecha, amarillo circular, flecha amarilla izquierda, flecha verde izquierda,
verde circular, flecha amarilla al frente, flecha amarilla derecha y flecha
verde derecha.
- SEMAFOROS ESPECIALES.
a) PARA PEATONES:
1) CONFORMACIÓN
FÍSICA:
Las unidades ópticas son cuadradas y de color naranja o blanco, existiendo tantas caras como sentido de circulación. Se ubicarán en la acera opuesta a la que se encuentra el peatón, con su parte inferior a no menos de DOS METROS (2 m), ni más de TRES METROS (3 m) sobre la acera. Se pueden montar separadamente o en el mismo soporte de los semáforos para control de vehículos, debiendo ser unidades físicas independientes. La cara del semáforo debe colocarse en posición vertical y normal.
Las unidades ópticas son cuadradas y de color naranja o blanco, existiendo tantas caras como sentido de circulación. Se ubicarán en la acera opuesta a la que se encuentra el peatón, con su parte inferior a no menos de DOS METROS (2 m), ni más de TRES METROS (3 m) sobre la acera. Se pueden montar separadamente o en el mismo soporte de los semáforos para control de vehículos, debiendo ser unidades físicas independientes. La cara del semáforo debe colocarse en posición vertical y normal.
2) SIGNIFICADO:
Dispositivo para dirigir el movimiento de peatones en intersecciones
semaforizadas.
b) INTERMITENTES: Son
los que tienen una o varias unidades ópticas de color amarillo que se iluminan
alternadamente. Se utilizan para:
- Prevenir peligro: Se compone de una o más unidades ópticas circulares de color amarillo con un diámetro no menor de DOS DECIMAS DE METRO (0,2 m). Se le puede adicionar una señal que indique la velocidad máxima a la que se debe circular.
- Advertir intersecciones: Las mismas unidades del caso anterior, dispuestas verticalmente.
c) PARA CRUCE
FERROVIAL:
1) CONFORMACION
FISICA: Dos ópticas circulares dirigidas hacia el tránsito, en posición
horizontal, próximas entre sí, que emiten luz roja en forma alternada, rodeadas
de una pantalla negra, con sendas viseras en la parte superior. Se acompañarán
con una señal sonora.
2) SIGNIFICADO: Cuando
están en funcionamiento, indican la aproximación o presencia de vehículos
ferroviarios, los que tiene prioridad en el cruce, al que no pueden ingresar
quienes circulan por la vía pública. Cuando están apagados significa que el
paso está habilitado para la circulación vial.
3) UBICACION: Debajo
de la Cruz de San Andrés (P.3) y antes de las barreras (R.30).
4) OBSERVACIONES: Los
criterios de instalación y accionamiento corresponden al ferrocarril, conforme
su legislación específica. La fiscalización la hace la autoridad de
habilitación y control del servicio ferroviario.
d) PARA CARRILES
REVERSIBLES:
1) CONFORMACION
FISICA: Las ópticas son cuadradas, de TRES DECIMAS DE METRO (0,3 m) de lado,
con una 'X' color rojo o una flecha verde apuntando hacia abajo, sobre fondo
oscuro.
2) SIGNIFICADO: La
flecha verde indica habilitación para circular por el carril sobre el que se
encuentra. Cuando titila, anuncia el inminente cambio de sentido de circulación
de aquel. La 'X' roja significa prohibición de avanzar por el carril sobre el
que está.
3) UBICACION: Todos
los carriles de la vía tendrán semáforo con cara hacia ambos sentidos sobre su
centro y visibles desde cualquiera de ellos.
Para los reversibles:
rojo y verde, y para los restantes: sólo el que corresponda a su sentido
permanente de circulación. Se colocan a una altura de entre CINCO Y SEIS METROS
(5 y 6 m).
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