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Ley 24449 de Tránsito Anexo L SISTEMA DE SEÑALIZACION VIAL UNIFORME SEÑALAMIENTO LUMINOSO Artículo 22. CONCEPTO: Señales con luz propia, continua o intermitente, destinada al usuario de la vía pública, que tienen por finalidad transmitir órdenes o prohibiciones que modifican las reglas generales para el caso, advertir determinadas circunstancias, encauzar y regular la circulación, mediante la utilización de colores, flechas o figuras especificas con ubicación y formas predeterminadas. Estas señales están controladas por dispositivos manuales o automáticos de tecnología mecánica o electrónica. SEMÁFORO: "Es el dispositivo de control que asigna en forma alternativa el derecho de paso a cada movimiento o grupo de movimientos de vehículos o peatones que confluyen sobre un determinado punto de la vía, o advierten riesgos a la circulación" CONFORMACIÓN FÍSICA. a) CABEZA: Armadura que contiene las partes visibles del semáforo conteni...
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